• La medida contribuirá al crecimiento y  desarrollo de las especies que habitan en esa zona, protegiendo sus períodos de reproducción, alimentación y reclutamiento, así como también promoverá la restauración natural del ambiente que la rodea.
  • Las disposiciones aplican para permisionarios, concesionarios, unidades de producción, capitanes o patrones de pesca, motoristas, operadores, técnicos, tripulantes y demás sujetos que realizan actividades pesqueras en aguas correspondientes a esta zona.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, anunció el establecimiento de una Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en aguas de jurisdicción federal de Punta Herrero, adyacentes a los municipios de Felipe Carrillo Puerto y Tulum, en el estado de Quintana Roo.

La medida – sustentada con base en la opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) — estará vigente durante cinco años con la finalidad primordial proteger una zona estratégica dentro del área de pesca concesionada a los pescadores de la región.

En la región se ha venido realizando la pesca comercial de langosta  del caribe (Panulirus argus) durante los meses en que se permite su captura (del 1 de julio al último día de febrero de cada año) y en los meses en los que está en período de veda (1 de marzo al 30 de junio de cada año) la pesca se enfoca en especies de peces de escama marina (Pargo llorón (Lutjanus jocu), Jurel amarillo (Caranx hippos), Mero del caribe (Epinephelus striatus), Boquilla (Haemulon plumerii), barracuda (Sphyraena barracuda) y sierra (Scomberomorus maculatus), entre otros.

La dependencia publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establece una Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en aguas de jurisdicción federal de Punta Herrero, adyacentes a los municipios de Felipe Carrillo Puerto y Tulum, en el estado de Quintana Roo” que entrará en vigor a partir del día de mañana.

El establecimiento de la Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en Punta Herrero en el Mar Caribe, representará una importante medida de manejo responsable con un enfoque ecosistémico para que, una vez recuperadas las poblaciones de especies dentro de la Zona de Refugio Pesquero, se lleve a cabo un  aprovechamiento sustentable de las especies comerciales y, posteriormente los beneficios se extenderían a otras zonas de importancia ecológica y pesquera, así como a los diferentes ecosistemas adyacentes a esa zona.

De acuerdo con lo publicado, pescadores organizados de la zona manifestaron recientemente su interés en poder establecer una Zona de Refugio Pesquero Total Temporal dentro de su área de concesión para la pesca, con una vigencia de cinco años.

Las disposiciones establecidas en el Acuerdo, no aplicarán para las especies acuáticas que se encuentren bajo un estatus de protección en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo, cuyas medidas de conservación y aprovechamiento están administradas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

A partir de mañana deberá observarse y cumplirse esta disposición por parte de las personas que realizan actividades pesqueras en aguas correspondientes a esta zona, así como desplegarse acciones de inspección y vigilancia a cargo de la Secretaría de Agricultura, por medio de la  Conapesca y la Secretaría de Marina.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, quienes incumplan con lo estipulado en el Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones establecidas por el artículo 133 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Para más información consulta:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5570414&fecha=27/08/2019